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Exaltaciones que le pueden salir caras al presidente del Concejo del Líbano

Exaltaciones que le pueden salir caras al presidente del Concejo del Líbano

En el proceso licitatorio de menor cuantía, en este caso $3’907.000.oo, que adelanta la presidencia del Concejo del Líbano en cabeza de Jeisson Guzmán, contempla  la impresión de 12 pergaminos y empastada de 4 libros de Acuerdos Municipales y la elaboración de la gaceta municipal.

Los pergaminos son las exaltaciones que el Concejo Municipal entregará a “los ciudadanos ilustres en el mes de noviembre de 2021 a quienes se hayan destacado por su labor social y humanitaria en el municipio del Líbano”.

La crítica, motivo de molestia para algunos en este proceso, lo establece el factor técnico habilitante que establece que el oferente deberá acreditar 15 años de antigüedad.  Ante esta situación el ciudadano Óscar Mauricio Rodríguez ha elevado su inconformidad.

Ejemplo de transparencia

El Concejo del Líbano promulga transparencia, promulga control político contra la corrupción, pero cuelgan un pliego licitatorio donde direccionan los pliegos de condiciones al estilo sastre para persona determinada”, afirma.

Agrega que de manera flagrante se viola el principio al derecho a la igualdad. “Un proponente que no tenga 15 años de antigüedad no puede participar, con ello se están violando principios de contratación estatal como el de la selección objetiva, el de la libre concurrencia, y lo más grave, se  viola la circular  No 12 de Colombia Compra Eficiente,  donde se establece que las actividades económicas en mínima cuantía no son determinantes para inhabilitar una propuesta

Ante esa situación el señor Óscar Mauricio Rodríguez elevó ante el presidente del Concejo, Jeisson Guzmán una observación sobre proceso licitatorio, al tiempo que solicitó la modificación del pliego de condiciones para que haya pluralidad de oferentes y de esa manera se garantice la libre concurrencia.

Considero que al ustedes exigir la antigüedad de 15 años y unas especificaciones exactas en las actividades económicas podrían estar violando el principio de la transparencia, el principio contractual de la libre concurrencia, de la selección objetiva, entre otros y derechos constitucionales”, expresa Rodríguez.

“¿Qué diferencia hay entre una persona o empresa legalmente de constituida que tenga un mes, o un año o 15 años de antigüedad?. Será que ante la ley en cuestiones tributarias tienen diferentes derechos o diferentes obligaciones?  La experiencia es única han dicho las Altas Cortes”. Agregó que el proceso, además, está viciado por cuenta de que no se hizo un estudio del sector, un estudio de precios unitarios, nada de eso lo cumplen en el proceso.

Respuesta del Presidente

En la respuesta a las observaciones formuladas por Óscar Mauricio Rodríguez Montoya, el presidente del Concejo, Jeisson Jair Guzmán dice que “De ninguna manera existe la intención de violar la norma constitucional ni las normas de contratación ya que en el territorio del Tolima y Colombia existen cantidad de empresas que cumplen con este requisito de ser litografías de puertas abiertas al público y al comercio en general con el RUT específico que acredita para tal fin. Con todo respecto le manifiesto que por lo expuesto no podemos aceptar su observación al pliego”.

Lo cierto frente a este episodio es que en algunos concejales hay preocupación, pues consideran que no se puede generalizar que es todo el Concejo, pues esta es una decisión que toma la Mesa Directiva de la corporación y no compromete al Concejo en pleno.  Piden incluso que se debe revisar ese proceso y también la cuantía, pues para el objeto contratado se observa que podría resultar alta la inversión.

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